EL GOBIERNO RIOSELLANO INCUMPLE LOS ACUERDOS RELATIVOS A LA PERIODICIDAD DE LAS SESIONES PLENARIAS

La labor de la oposición en cualquier institución democrática es imprescindible para poder ejercer un control y fiscalización vital para el buen funcionamiento de la misma.

El problema surge cuando desde las propias instituciones o quizás desde las personas que las dirigen no sólo no se facilita esa labor, que sería lo deseable, sino que se busca dificultar en lo posible que se ejerza ese control.

Dicho esto, vamos a explicar lo ocurrido en el Ayuntamiento de Ribadesella/Ribeseya.

En el Pleno de organización celebrado el 19 de julio de 2023 se llegó al siguiente acuerdo sobre la periodicidad de las sesiones plenarias y su horario de celebración que alcanzó la unanimidad en la votación por parte de los grupos municipales.

“PRIMERO.- Acordar que el Pleno del Ayuntamiento de Ribadesella celebre sesión ordinaria el último miércoles no festivo de cada mes, excepto los meses de diciembre y agosto que no se celebrará, a las 20 horas.

SEGUNDO.- La Alcaldía por motivos de organización, porque sea festivo o se incluya en un periodo vacacional el día acordado, o por su cercanía a acontecimientos relevantes podrá adelantar o retrasar hasta en una semana la celebración del pleno ordinario.

Con motivo de FITUR, el Pleno correspondiente al mes de enero podrá adelantarse, retrasarse hasta dos semanas o fusionarse con el correspondiente al mes de febrero por la Alcaldía.”

Llegados a este punto, se nos convoca a un Pleno ordinario el 7 de febrero de 2024, que, aunque en el encabezamiento del mismo puede leerse:

PRIMERO.- Convocar sesión plenaria ordinaria correspondiente a los meses de enero y febrero, para el día 07/02/2024 a las 20:00 horas…”

El señor alcalde se refirió a ese encabezamiento como pleno ordinario de enero, y no aclaró que sus intenciones pasaban por no convocar el Pleno de febrero, hasta que Pueblu le requirió para ello.

Ante la no convocatoria de comisiones previas al Pleno, que debería celebrarse según el acuerdo el 28 de febrero, Pueblu preguntó vía mensaje de whatsapp por la fecha de celebración del mismo, se nos contestó por la misma vía confirmándonos la intención de no convocar ese Pleno ordinario y con el siguiente calendario para el mes de marzo:

  • 7 de marzo, 8:00 comisiones de Pleno extraordinario.
  • 14 de marzo, 8:00 comisiones de Pleno ordinario y Pleno extraordinario.
  • 20 de marzo, 20:00 Pleno ordinario.

Es por ello que Pueblu – Convocatoria por Ribeseya quiere hacer las siguientes consideraciones:

  1. Este calendario previsto para el mes de marzo, para la celebración de plenos y comisiones vulnera el acuerdo plenario tomado el 19 de julio de 2023, antes referido, pues el Pleno de febrero en ningún caso se puede celebrar el día 7 del mismo mes.
  2. En dicho acuerdo se hace referencia a la posibilidad de una modificación extraordinaria por una contingencia temporal (FITUR), que posibilitaría fusionar el pleno de enero con el de febrero, pero no para aplicarla cuando ya no existe dicha contingencia, dado que se celebró Pleno ordinario el 7 de febrero, y lo que se pretende en lugar de fusionar el Pleno de enero con el de febrero, es hacerlo al revés, cuando además no existe motivo para no convocar el Pleno.
  3. Por otro lado, al pretender sustituir el Pleno ordinario por uno extraordinario, que no incluye las posibilidades de “Ruegos y preguntas” y de “Mociones”, se está limitando la labor de la oposición, pues se nos hurta el derecho y la obligación que tenemos para llevar a cabo nuestra tarea de control y fiscalización del Gobierno municipal al plantear mociones y preguntas que afectan a la ciudadanía.
  4. A día de hoy, aún no sabemos el contenido de las materias a tratar en el Pleno extraordinario del día 14 de marzo, es de suponer que sea sobre los presupuestos económicos del año 2024, lo que hace que nos parezca aún más grave. Celebrar un Pleno de esa envergadura (quizás el de mayor trascendencia anual) un jueves a las 8 de la mañana, imposibilita o al menos dificulta enormemente, la presencia de la ciudadanía y su derecho a la información, aunque quizás ese sea el motivo. Cabe destacar que, en la web municipal pese al derecho de información que asiste a la ciudadanía, la última acta publicada es la del Pleno de 19 de julio de 2023, desde entonces hasta ahora ya se celebraron seis plenos más. Además, la celebración del Pleno a esa hora dificulta la asistencia para quienes, formando parte de la Corporación, no perciben retribuciones por parte del Ayuntamiento, más allá de las dietas por asistencia a los órganos colegiados, y tienen que cumplir con una jornada laboral.
  5. Lo habitual al menos hasta esta legislatura era que, aunque la alcaldía tiene la potestad de variar la fecha de la sesión plenaria una semana antes o después, esta variación se consensuara para facilitar la conciliación de los deberes públicos y la jornada laboral de quienes formamos parte de la Corporación, cosa que tampoco se hizo en esta ocasión. 
  6. Todo hubiera sido tan sencillo como celebrar en tiempo y forma el Pleno de febrero e intentar consensuar la fecha del 20 de marzo para el de marzo —ya que el 27 es el miércoles de Semana Santa— y retrasar a éste el debate presupuestario —si es que va a este Pleno extraordinario del día 17 de marzo— pues ya después del retraso de tres meses, habida cuenta de que aún funcionamos con el presupuesto prorrogado de 2022, no parece un problema muy grave, que se retrase una semana más.  

Por todo ello queremos instar al equipo de gobierno del Ayuntamiento de Ribadesella/Ribeseya a que reconsidere su postura.